La Decimoprimera Sesión del Comité
La Decima sesión, Palacio Wilson, Ginebra, 20 de Abril-1 de Mayo 2009
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- El Comité adopto las observaciones finales para el informe de Azerbaiyán, Bosnia-Herzegovina, Colombia y Filipinas.
- En estas observaciones finales y recomendaciones en relación a Azerbaiyán, el Comité reconoció que las corrientes migratorias se habían vuelto más complejas y que se había convertido de un país de origen a también un país de tránsito y destino, con un significante número de trabajadores en su territorio. El Comité acogió con beneplácito la creación de una Base de Datos Unificada, el programa sobre el Estado de la Migración para estudiar los procesos migratorios y los acuerdos bilaterales y multilaterales concluidos a nivel regional e internacional. Como asunto de interés, el Comité indico las dificultades de Azerbaiyán en implementar la Convención en la región de Nagorno-Karabakh, la falta de información sobre la Convención en las leyes nacionales así como en la aplicación de sus provisiones en los tribunales domésticos, la ausencia de una definición de trabajadores migratorios tal como se recoge en la Convención y que esos trabajadores migratorios, en concreto los indocumentados e irregulares, y miembros de su familia quizás ha sufrido varias formas de discriminación, por ejemplo, en derechos sociales. El Comité también lamento que no hubiese recibido la información suficiente en las medidas tomadas para proteger a los ciudadanos de Azerbaiyán que son trabajadores migratorios en el exterior y alentó a este Estado a tomar medidas efectivas en este sentido y conseguir que los Estados involucrados refuercen sus esfuerzos para informar a los trabajadores migratorios de los recursos judiciales y administrativos.
- En las observaciones finales y recomendaciones relativas Bosnia-Herzegovina el Comité observo que este Estado es uno de los pocos que ha ratificado todos los Tratados referentes a los derechos de los trabajadores migratorios añadiendo la importancia de sus esfuerzos para combatir el tráfico, sin embargo, expreso su preocupación por una parte, sobre la inexistencia de un marco legal efectivo para proteger los derechos de los trabajadores migratorios de la discriminación, por otra sobre las condiciones de detención en los centros de migrantes. Entre sus recomendaciones el Comité fomento a Bosnia-Herzegovina a asegurar ayuda legal y servicios consulares a los trabajadores migratorios que estén detenidos y a continuar combatiendo y prevención de la trata de blanca proporcionando también cuidados y rehabilitación a las víctimas de tráfico ilegal.
- El Comité en sus observaciones finales y recomendaciones en el informe inicial de Colombia acogió gratamente los esfuerzos del Estado para promover y proteger los derechos de los trabajadores migratorios Colombianos en el extranjero y el establecimiento de un Comité Nacional Intersectorial para Migración como el órgano responsable para promover condiciones equitativas, dignas y licitas para los trabajadores migratorios y sus familias. El Comité señaló su preocupación sobre Colombia porque no había ratificado aun instrumentos importantes referentes a la protección de los derechos de los migrantes, así como que los niños para optar a la nacionalidad Colombiana al menos uno de los progenitores deben ostentar la nacionalidad y con esta provisión hay menos que quedar sin Estado. Por lo tanto, el Comité recomendó que Colombia asegurase el derecho de todo niño a tener un nombre, a ser registrado al nacer y a tener una nacionalidad. Finalmente, el Comité solicito de Colombia redactar provisiones de la Convención que son ampliamente conocidas tanto por los trabajadores migratorios Colombianos en el exterior como por trabajadores migratorios extranjeros residentes o de transito en territorio Colombiano.
- En los referente a las observaciones finales y recomendaciones de Filipinas, el Comité sustento el compromiso del Estado con los derechos de los trabajadores migratorios, continuando con la consideración de la migración como una prioridad en su agenda tanto domestica como en política exterior y su papel activo en la promoción de la ratificación de la Convención por los países de origen, transito y destino, finalmente su esfuerzo regional para combatir el tráfico ilegal de personas, concretamente en el seno de ASEAN. El Comité resalto su preocupación en la “pobre información” en relación al porcentaje de Filipinos migrantes en el exterior y de los trabajadores extranjeros y las restricciones de estos últimos que ostentan residencia legal en Filipinas para ser miembros de sindicatos, a su vez el Comité insto a Filipinas garantizar a todos los trabajadores migratorios el derechos a unirse y formar parte de asociaciones y sindicatos. Entre sus recomendaciones pidió también proseguir con los esfuerzos para promocionar el realce de las mujeres migrantes ante las situaciones de vulnerabilidad. El Comité también recibió el informe sobre Filipinas de las Instituciones y ONGs. (Versión Francesa)
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Durante esta decima sesión el Comité también llevo a cabo una mesa redonda sobre el derechos a la libre asociación de los trabajadores migratorios (comunicado de prensa). A su vez, tuvo un encuentro con los Estados partes de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares para discutir varios asuntos claves, entre otros el lanzamiento de una guía sobre la ratificación de la Convención, el estatus de los informes según la Convención, los métodos de procedimiento del Comité y la promoción de la Convención (comunicado de prensa)
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Convención de ONU sobre los trabajadores migrantes
Situación al 04.11.2010
Ratificaciones 45
Signatarios 17
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